La Ley N° 16.744 establece que accidente del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Cuando se comprueba que una persona tiene una relación laboral, exista o no contrato escriturado, corresponde otorgar la cobertura de un seguro social que lo protege en caso de sufrir un accidente. Este seguro es pagado mensualmente por su empleador(a) al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o a una Mutual, que puede ser la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) o la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (CCHC). Este seguro también beneficia a los trabajadores independientes que cotizan
¿Qué define a un accidente del trabajo?
La Ley N° 16.744 establece que los elementos que definen un accidente del trabajo son:
¿Qué hacer en caso de accidente del trabajo?
¿Qué tipos de accidentes laborales existen y son indemnizables?
¿Puedo demandar a mi empleador en caso de accidente del trabajo?
Ante un accidente del trabajo ocurrido por cualquier hecho que pueda imputarse al empleador, usted puede demandar para que se le indemnicen los perjuicios ocasionados.
En este sentido, debe entenderse que no es que el empleador se obligue a que no ocurran accidentes del trabajo, sino que la obligación que se asume es adoptar todas las medidas que sean necesarias para evitarlos, y una vez ocurridos estos, adoptar las medidas para aminorar sus consecuencias.
Por tanto, si no cumple con dichas obligaciones y tiene lugar un accidente del trabajo producto de su incumplimiento, el empleador será responsable de indemnizar los perjuicios causados a sus trabajadores.
Así, por ejemplo, si un trabajador de la construcción sufre un golpe en la cabeza que le genera lesiones graves por no haber ido con su caso, por no habérsele entregado este por el empleador, será éste responsable de indemnizar los perjuicios de aquello.
Si usted sufre un accidente del trabajo a causa de no tener los implementos necesarios para realizar su labor o a causa de faltar la capacitación debida para desarrollarla, o a la falta de medidas de seguridad que pudieran haber evitado el accidente del trabajo, usted tiene el Derecho a una vez ocurrido el accidente, demandar a su empleador para perseguir se le indemnicen los perjuicios causados. Así podrá pedir indemnización por el daño emergente, por el lucro cesante y incluso por el daño moral.
¿Cuál es el plazo para demandar en caso de accidente del trabajo?
En el caso de los perjuicios originados por un accidente del trabajo, el plazo para ejercer la acción es de 5 años contados desde la ocurrencia del accidente laboral. Mismo plazo se aplica en caso de enfermedades profesionales, plazo que se cuenta desde el diagnóstico de la enfermedad.
¿Ante quién se demanda?
La regla general, en caso de accidente del trabajo, es que el trabajador, víctima del accidente, debe concurrir ante el Juzgado del Trabajo competente, representado por abogado, interponiendo demanda en contra de su empleador por incumplimiento de su deber contractual de seguridad y prevención.
¿El accidente sufrido en viaje desde la casa al trabajo es considerado accidente del trabajo?
Sí. Se consideran como accidente de trayecto, que son los accidentes que ocurren en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo. También cuando el accidente se produce en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, se considera que el siniestro está relacionado con el trabajo al que se dirigía el trabajador.
Es muy importante tener claro que si el accidente ocurre en una ruta de trayecto que no es la habitual, no se considerará como accidente de trayecto.
¿Qué pasa si me accidento en un paseo o actividad recreativa de la empresa?
Ninguna de estas dos actividades está estipulada dentro de las causas u ocasiones de un accidente del trabajo. Según la ley, es considerado un accidente laboral toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca lesiones, incapacidad o muerte. Sin embargo, si la actividad o paseo recreativo es de asistencia obligatoria, se considerará que se cumple con los requisitos para ser calificado como accidente del trabajo.
¿Qué es el Seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales?
Es un seguro que protege por los accidentes y enfermedades que ocurran a causa o con ocasión del trabajo a todos los trabajadores dependientes y a los independientes que cotizan.
¿Cuáles son las características de este seguro Ley N°16.744?
¿Qué trabajadores están cubiertos por el seguro de La Ley N° 16.744?
¿Qué cubre la institución aseguradora?
Somos un Estudio de Abogados de Universidades Tradicionales con amplia experiencia en Derecho Laboral, compuesto por profesionales altamente capacitados en litigios ante tribunales de justicia.
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